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Sindicalizar a Igualdade


 

La aprobación de la Ley de Igualdad efectiva entre hombres y mujeres (LOIMH) en marzo del 2007, supuso un momento de inflexión en la conquista de la igualdad, al proporcionar un marco normativo dirigido a combatir todas las manifestaciones aún subsistentes de discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo y a promover la igualdad real entre mujeres y hombres, con remoción de los obstáculos y estereotipos sociales que impiden alcanzarla.

Para lograr la igualdad efectiva tanto en las empresas como en las Administraciones Públicas, se contempla, específicamente, el deber de negociar planes de igualdad en el marco de la negociación colectiva, para que sean las partes, libre y responsablemente, las que acuerden su contenido.

Al establecer por Ley “el deber de negociar”, nuestra participación sindical adquiere un mayor respaldo al contar con un instrumento fundamental como son los planes de igualdad, ya que como señala la norma, “estas medidas deben ser objeto de negociación y, en su caso, de acuerdo con la representación legal de las personas trabajadoras en la forma que se determina en la legislación laboral”.

Todas las empresas y Administraciones están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral, y con esta finalidad deben adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres.

 

Luz Martínez Ten.

Secretaria de Mujer y Políticas Sociales. Servicios Públicos UGT

 

                                                                                                                                  Descarga en datos adjuntos la Hoja Informativa Minerva.

MINERVA_1_hoja_informativa.pdf

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